Revocación de Orden de Expulsión

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Revocación de Orden de Expulsión

Orden de expulsión es la sanción impuesta a un inmigrante por el hecho de encontrarse en España. Sin autorización de residencia correspondiente.

Si las fuerzas de Seguridad detectan a un inmigrante sin autorización de residencia correspondiente. Inician el procedimiento sancionador que puede finalizar con la sanción económica. O la imposición de orden de expulsión con la prohibición de entrada a los países del territorio Shengen por un periodo de tres a diez años.


El órgano competente de imponer el orden de expulsión es Delegación del Gobierno, siempre cuando dicha resolución será comunicada en el plazo de seis meses desde el inicio del procedimiento.

Revocación de Orden de Expulsión

Existen determinados supuestos cuando Delegación del Gobierno puede revocar su resolución.

Según artículo 105 de Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las Administraciones públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables. Siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes. O sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

Cuando un extranjero tiene hijos de nacionalidad española o su cónyuge o pareja de hechos tiene nacionalidad de algún país de la Comunidad Europea Delegación del Gobierno puede revocar orden de expulsión.

En algunas provincias Delegación del Gobierno sustituye el orden de expulsión por una sanción económica. En Madrid revocan sin imposición de multa.

Como requisito indispensable el trabajador extranjero tiene que carecer de antecedentes penales. Si ha sido condenado por la comisión de algún delito Delegación del Gobierno no procederá a revocar su orden de expulsión.

El procedimiento de revocación también se puede solicitar  cuando el trabajador extranjero. Presento solicitud de residencia por arraigo y la existencia de orden de expulsión es el único impedimento para resolución favorable de solicitud de residencia por arraigo.