Renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

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Renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena es un derecho que legislación española prevé para todos aquellos que habiendo sido beneficiarios de una autorización de residencia temporal y de trabajo deseen continuar disfrutando de la misma para continuar residiendo de forma regular en territorio español.

Todas aquellas personas que estén interesadas en renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena es necesario que cumplan con los requisitos que se determinan legal y reglamentariamente.

Algunos de los requisitos que se deben cumplir para renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena son los mismos que debían reunirse en el momento de la solicitud inicial o anterior, tales como:

  • No ser ciudadano europeo o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de un ciudadano de alguno de los países a los que le son de aplicación el régimen comunitario.
  • No tener antecedentes penales en España
  • Que no exista prohibición de entrada para el interesado en territorio español.
  • Pago de las tasas correspondientes.

Los otros requisitos que deben cumplir y acreditar que los cumple son:

  • Continuar con la relación laboral que dio lugar y que se tuvo en cuenta para la concesión de la autorización que se pretende renovar.
  • Justificar haber estado realizando actividad laboral durante un periodo mínimo de seis meses por año y:
  1. Haber concluido un nuevo contrato de trabajo y estar dado de alta o asimilada en el régimen de la Seguridad Social
  2. Disponer de un nuevo contrato que aun estando su efectividad condicionada a que la solicitud renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena sea positiva, pueda garantizar que de ser así el interesado iniciará una relación laboral.
  • En caso de tener menores en edad de escolarización obligatoria (6-16 años), se deberá aportar el correspondiente certificado de escolaridad.

Existen excepciones al requisito del periodo de cotización y al requisito de contar con un contrato de trabajo

  • El periodo de cotización exigible será únicamente de tres meses en el caso de que la relación laboral que dio lugar y que se tuvo en cuenta para la concesión de la autorización que se pretende renovar, haya terminado por causas ajenas al interesado.
Renovar la autorización de residencia temporal y trabajo

En este caso el interesado deberá también justificar la búsqueda activa de empleo mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo, o contar con un nuevo contrato de trabajo al momento de presentar la solicitud para renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

No será necesaria la presentación de un contrato de empleo:

  • En el supuesto de que el interesado este siendo beneficiario de la prestación contributiva por desempleo, pero no debe confundirse esta prestación con el subsidio, o cuando sea beneficiario de la prestación económica asistencial para inserción social y laboral.
  • Que haya finalizado o se haya suspendido su relación laboral por haber sido víctima de violencia de género.
  • Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social por un mínimo de nueve meses de un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro meses, siempre que la última relación laboral se hubiera interrumpido por causas ajenas al interesado y se pueda acreditar la búsqueda activa de empleo.
  • También estará exento de presentar contrato de trabajo con la solicitud para renovar la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena cuando se demuestre que el cónyuge o pareja tiene medios económicos suficientes para la manutención del solicitante.

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