Renovación de Residencia Temporal

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RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL 

Y TRABAJO POR CUENTA AJENA

Renovación de Residencia Temporal

 

a)    Se debe solicitar mediante el modelo oficial.

Los 60 días previos la caducidad de la tarjeta actual.

La presentación de la solicitud prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. 

También prorrogará la validez de la tarjeta  hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se haya presentado en los 90 días posteriores a la fecha en que hubiera finalizado el plazo  de la vigente.

b)    Se renovará a su expiración en los siguientes supuestos:

–       Cuando se acredite que se sigue trabajando en el lugar de la concesión de la autorización.

–       Cuando se acredite la relación habitual laboral para la que se concedió la autorización durante un mínimo de 6 meses por año y el trabajador se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • ·Tenga un contrato de trabajo con otro empleador pero con las mismas características de su autorización inicial y figure dado de alta en el momento de la solicitud de renovación.
  • ·Disponga de un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos por los que le concedieron la autorización temporal de residencia y trabajo.

–       Cuando el trabajador haya estado trabajando durante menos de tres meses por años, siempre y cuando acredite, acumulativamente:

  • · Que la finalización del contrato de trabajo fue por causas ajenas a él.
  • · Que ha buscado activamente empleo, mediante inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
  • · Que en el momento de la solicitud de la renovación tiene un contrato de trabajo en vigor.

–       Cuando el contrato de trabajo se haya extinguido debido a que la víctima de malos tratos.