Presentar solicitud autorización de residencia por Arraigo Social

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Presentar solicitud autorización de residencia por  Arraigo Social

Los extranjeros que viven en España durante tres años pueden Presentar solicitud autorización de residencia por  Arraigo Social llamado oficialmente como autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

Para presentar solicitud de residencia por arraigo los extranjeros deben acreditar siguientes requisitos:

Requisitos para Presentar solicitud autorización de residencia por  Arraigo Social

–       Tienen que demostrar que viven es España durante tres últimos años, Delegación del Gobierno en Madrid interpreta que los inmigrantes pueden salir fuera de España durante tres años en 120 días, sumados a los largo tres últimos años.

–       Contar con un contrato de trabajo por un año. Igualmente los inmigrantes pueden contar con varios ccontratos para misma ocupación, siempre cuando suponen ocupación del trabajador extranjero como mínimo 30 horas semanales, el importe del salario percibido por el trabajador no debe ser inferior al salario mínimo interprofesional.

Junto con el contrato de trabajo debe ser aportado los documentos que acreditan la solvencia del empleador: su declaración de la renta, declaraciones fiscales, documentación laboral de la empresa, esta documentación puede variar dependiendo del tipo de empleador, que podría ser un autónomo, una empresa o una persona física que contrata a una empleada de hogar.

–       El extranjero debe aportar el Certificado de Inserción Social emitido por Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma donde reside, si este extranjero cuenta con los familiares residentes legales debe acreditar dicha circunstancia aportando certificado de Nacimiento o Certificado de Matrimonio

–       Certificado de Antecedentes Penales emitido por los países donde el extranjero residió durante los últimos cinco años.

Procedimiento de solicitud de autorización de residencia por arraigo social.

Para presentar solicitud autorización de residencia por  Arraigo Social deben solicitar cita previa para poder presentar su solicitud. Actualmente la Delegación del Gobierno en Madrid dan citas previas para presentar solicitud dentro de unos 5 meses. Sin embargo Administración respetara la fecha de solicitud de la cita previa a efectos de la vigencia de Certificado de Antecedentes Penales, es decir si el día de la cita previa el Certificado estaba vigente, el extranjero puede presentar el certificado de antecedentes penales sin dificultades, si por el algún motivo, el expediente no será presentado este día, el solicitante de autorización de residencia por arraigo debería pedir otro certificado de antecedentes penales.

En el día de presentación de solicitud los funcionario entregaran al interesado las tasas que deben ser pagados y comunicadas a Delegación del Gobierno, el impago de estas tasas supone archivo del expediente de solicitud de residencia por arraigo.