Matrimonio entre español y extranjero

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Todas las personas  sea cuál sea la situación legal en España pueden contraer el matrimonio.   La principal particularidad del Matrimonio entre español y extranjero es el expediente que van a tramitar en el registro civil.

Dicho expediente es obligatorio y se tiene que iniciarse en el registro civil del municipio donde está empadronado uno de los contrayentes.

En Madrid se pide cita previa y el día citado la pareja tiene que presentar al registro civil una serie de documentos y venir acompañada de un testigo. Aparte de la documentación estándar siendo extranjero el contrayente tiene que aportar el certificado de capacidad matrimonial del consulado de su país en España.

A partir de este día se estudiara el expediente y en un tiempo (en Madrid justo 2 meses) se expedirá la resolución del juez autorizando o denegando la celebración de la ceremonia.

En Madrid la entrevista personal con los contrayentes se hace solo en algunos casos. En otras localidades hacen un test para la pareja para confirmar la  relación.

Si esta aprobado el matrimonio entre español y extranjero se establecen un día para contraer el matrimonio en el registro civil o  también la pareja lo puede hacer en un ayuntamiento. También se puede celebrar la ceremonia en otra localidad, pero el expediente se analiza estrictamente en la localidad de residencia. Después de obtener el certificado de matrimonio se tramita el libro de familia.