Información sobre expedientes de extranjería

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Información sobre expedientes de extranjería

Los solicitantes de Autorizaciones de Residencia pueden ver Información sobre expedientes de extranjería. Dicha información puede ser obtenida por Internet, de forma gratuita.

Muchos trámites de extranjería demoran cierto tiempo en ser resueltos por la Oficina de Extranjería.

Durante este tiempo el inmigrante que solicita autorización de residencia o presento solicitud de renovación de su tarjeta necesita saber el estado de expediente.

Dos formas de ver Información sobre expedientes de extranjería:

Para obtener esta información existen dos procedimientos:

En primer lugar puede ver estado de expediente por Internet en la web de Secretaria de Estado de Administraciones Publicas

Se puede ver estado de expediente aportando número de Tarjeta de Residencia

 https://sede.mpt.gob.es/infoext2/

También se puede ver Estado de Expediente por número de Expediente

https://sede.mpt.gob.es/infoext2/jsp/indexexpe.jsp

Resultados de Información sobre expedientes de extranjería

En las paginas indicadas se puede ver estado de expediente, que puede ser “en trámite”,” resuelto favorable” o “resuelto-desfavorable”.

Sin embargo la mayor importancia es saber si la Delegación del Gobierno solicito algún requerimiento, para poder contestar a esta requerimiento en plazo y evitar con esto el archivo del expediente.

Para obtener esta información el interesado tiene que pedir cita previa en Delegación del Gobierno y presentarse personalmente o por medio de un autorizado en la Oficina de Extranjería

Se puede pedir cita previa para información en la página

https://sede.mpt.gob.es/icpplus/citar

Si una persona no puede acudir personalmente a la cita puede autorizar a otra con una autorización escrita aportando copia de pasaporte o Tarjeta de Residencia del interesado.

Advertencia sobre posibles recursos contra resoluciones desfavorables

Si en la Pagina de Oficina de Extranjería aparece que su solicitud ha sido resuelto desfavorable, podemos hacer un recurso de reposición.

Tenemos que tener en cuenta que existe el plazo de un mes desde la fecha de notificación de esta resolución desfavorable. Contados desde el día de notificación en papel o por los edictos en la Pagina Oficial de Boletín del Estado.