Autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.

509

Se consideran investigadores a los extranjeros que se encuentran en España con el único propósito de realizar los proyectos de investigación, en el marco de convenio de acogida firmado con un organismo de investigación.

El órgano de investigación debe ser una persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades de investigación y desarrollo tecnológico y ha sido autorizada para suscribir convenio de acogida.

Autorización de residencia para investigadores autoriza a trabajar dentro del proyecto de investigación en el marco de convenio de acogida firmado por un organismo de investigación autorizado.

Duración de este permiso es superior de tres meses e inferior a cinco años, vigencia que coincide con la duración del proyecto de investigación y está limitada solamente para el